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SALARIO JUSTO
No explotarás al jornalero, pobre y necesitado, ya sea hermano tuyo o emigrante que vive en tu tierra, en tu ciudad; cada jornada le darás su jornal, antes que el sol se ponga, porque pasa necesidad y está pendiente del salario. Si no, invocará al Señor contra ti, y tú serás culpable. (Dt 24, 14-15)
Ya León XIII habló de la necesidad del salario justo. Alberto Hurtado afirmó que“La retribución del trabajo debe tener como límite mínimo las necesidades del trabajador y su familia; como límite máximo, las posibilidades económicas de la empresa”. Simultáneamente describió las condiciones mínimas de las necesidades de un trabajador: mantener su familia, lo que incluye vivienda, salud y educación, disponer de seguridad social, y la posibilidad de ahorrar aunque sea mínimamente. Por su parte Juan XXIII señala que “no es lícito abandonar completamente la determinación del salario a la libre competencia del mercado ni es lícito que la fijación quede al arbitrio de los poderosos, sino que deben guardarse las normas de la justicia y equidad, esto exige un salario que permita mantener un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad a las obligaciones familiares; al determinar el salario se deben tener en cuenta además: la efectiva aportación del trabajador, la situación financiera de la empresa, las exigencias del bien común –en orden a obtener el máximo empleo de la mano de obra en toda la nación- y las exigencias del bien común universal” . Recoge la enseñanza de León XIII y avanza sobre ella.

En relación con las remuneraciones el pontífice plantea que deben constituir una retribución tal que permita a los trabajadores un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad a las responsabilidades familiares, pero exige además; que se mire su efectiva aportación a la producción y a las condiciones económicas de la empresa; las exigencias del bien común de las respectivas comunidades políticas, particularmente por lo que toca a las repercusiones sobre el empleo total de las fuerzas laborales de toda la nación, y agrega responsabilidades sobre el bien común universal. Cabe consignar, además, que Alberto Hurtado añadió, adelantándose a su tiempo, que “el salario que se debe a una mujer por un trabajo debe ser igual al que se pagaría a un hombre por igual tarea: a igual trabajo, igual salario”, y afirmó también que “deberían ser los obreros los primeros en protestar por la competencia inhumana que se les hace, ocupando mujeres que son pagadas en forma miserable” (Moral social. Obra póstuma).
Para reflexionar:
• Si das trabajo: ¿los sueldos que pagas aseguran un ingreso que permita un nivel de vida humano?
• ¿Cómo afecta el sobre endeudamiento a tu calidad de vida?
(Si pagas más del 30% de tu sueldo en deudas con bancos, instituciones financiera y casas comerciales, estás sobre endeudado).
• ¿En tu lugar de trabajo a las mujeres se les cumple con el principio de a igual trabajo, igual salario?
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